¿Cómo debo gestionar mis envases con la entrada en vigor del nuevo Real Decreto?

¿Cómo debo gestionar mis envases con la entrada en vigor del nuevo Real Decreto?

Una de las principales novedades que introduce la Ley de Envases es la creación de una sección en envases en el Registro de Productores de Producto, en el que todos los productores deberán inscribirse antes del 29 de marzo de este año.

2023 arranca con la entrada en vigor del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, aprobado en Consejo de Ministros el pasado mes de diciembre e impulsado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Se trata de una revisión integral de la norma anterior, que llevaba en vigor más de 20 años, cuyo objetivo central es transponer en la normativa nacional las leyes y modelos regulatorios comunitarios que, en los últimos años, han puesto el foco en la implantación de un nuevo modelo de economía circular, como la Directiva de la UE sobre envases de plástico de un solo uso.

Uno de los retos más urgentes para todos los fabricantes de nuestro país es la creación de la sección de envases en el Registro de Productores de Producto, en el que todos los productores deberán inscribirse antes del 29 de marzo, una de las medidas con las que se articula una de las principales novedades del nuevo decreto: el régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor.


Régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor

Y es que, con la entrada en vigor de la nueva norma, se desarrolla el régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) para todos los envases, de forma que serán los productores afectados quienes asuman el coste de la gestión de sus residuos, y los responsables de cumplir con:

  • 1. Obligaciones de diseño y marcado de envases: Los envases deberán diseñarse de manera que a lo largo de todo su ciclo de vida se reduzca su impacto ambiental y la generación de residuos, tanto en su fabricación como en su uso posterior.

Entre otros requisitos, deberán asegurarse de que la suma de los niveles de concentración de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente presentes en los envases o sus componentes no será superior a 100 ppm en peso; que la cantidad de plástico reciclado contenida en los productos sea certificada mediante una entidad acreditada o de disponer de los documentos e información que permitan acreditar o demostrar la conformidad de que los envases comercializados o que se pretende comercializar cumplen los requisitos básicos sobre la fabricación y composición.

  • 2. Obligaciones de marcado y de información: Los envases indicarán su condición de reutilizable, y el símbolo asociado al sistema de depósito, devolución y retorno; se prohíbe el marcado de los envases con las palabras «respetuoso con el medio ambiente», o cualquier otro equivalente y, además, los envases deberán ostentar los marcados regulados en el decreto, bien sobre el propio envase o bien en la etiqueta. Dicho marcado deberá ser claramente visible y fácilmente legible y deberá tener una persistencia y durabilidad adecuadas, incluso después de abierto el envase.
  • 3. Obligaciones de información sobre puesta en el mercado de envases: como hemos adelantado anteriormente, la nueva Ley de Envases ha puesto en marcha la sección de envases en el Registro de Productores de Productos. Así, los productores de producto o los representantes autorizados se deberán inscribir en la sección de envases del Registro de Productores de Producto antes del 29 de marzo.

También deberán remitir anualmente información sobre la puesta en el mercado de envases y la gestión de sus residuos. Dicha información se remitirá anualmente a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a los efectos de conocer las cantidades de envases puestos en el mercado, de controlar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el real decreto y el funcionamiento de la responsabilidad ampliada del productor.

Además de la articulación de la RAP, el RD 1055/2022 introduce medidas orientadas a la prevención de la generación de residuos de los envases, a fomentar la venta de alimentos a granel y a aumentar el volumen de envases reutilizables.

Si tenéis alguna duda con respecto a la nueva exigencia de inscripción en el Registro de Productores de Producto, sobre la información que tenéis que recopilar para enviar anualmente a dicho registro o sobre cómo implementar los nuevos requisitos en el etiquetado de vuestros productos podéis consultar toda la información en las siguientes fuentes.

Inscripción en el registro de productores de producto

Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases