Actualización crucial en la Notificación de Mezclas Químicas en España

Actualización crucial en la Notificación de Mezclas Químicas en España

El Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF) impulsa cambios para la seguridad química y la conformidad con la normativa europea.

En su objetivo de mantenerse a la vanguardia de la seguridad química y la regulación de productos peligrosos, el INTCF ha anunciado importantes modificaciones en el procedimiento de notificación de mezclas químicas por medio de la publicación de la Orden JUS/877/2023, de 21 de julio, por la que se modifica la Orden JUS/288/2021, de 25 de marzo.

Estas actualizaciones son cruciales para garantizar la protección de los consumidores y profesionales en el país y, además, cumplen con su labor de alineación con la normativa europea.

Contexto normativo

La Orden JUS/288/2021, de 25 de marzo, estableció inicialmente el procedimiento de notificación de mezclas químicas en España, siguiendo las pautas del Reglamento Delegado (UE) 2020/1677 de la Comisión Europea. Esta regulación dictaminó que, a partir del 1 de enero de 2021, los importadores, fabricantes y usuarios intermedios que comercializan mezclas químicas en España deben notificar la información pertinente utilizando la herramienta informática y el portal de notificación de la Agencia Europea de Mezclas Químicas (ECHA).

A pesar de que la normativa europea no ha sufrido cambios, la ECHA ha implementado avances tecnológicos en su sistema de notificación que agilizan el proceso. Como resultado, se han realizado adaptaciones específicas en el procedimiento de notificación en España.

Principales modificaciones

  • 1. Notificación del cese de comercialización: Antes de estas modificaciones, la notificación del cese de comercialización de una mezcla solo se podía realizar directamente al Servicio de Información Toxicológica (SIT). Sin embargo, a partir de la entrada en vigor de la nueva orden, el portal de ECHA permite informar sobre el cese de comercialización, eliminando la necesidad de una comunicación específica al SIT. Este cambio permitirá un proceso más eficiente y una mayor inmediatez en la gestión de la información.
  • 2. Eliminación del acuse de recibo: Hasta ahora, era necesario que el SIT emitiera un acuse de recibo para cumplir con la obligación legal de comunicación, tal como lo establece la Ley 8/2010, de 31 de marzo. Sin embargo, debido a que este servicio accede directamente a la base de datos europea gestionada por la ECHA, se ha eliminado esta necesidad.
  • Esto agiliza aún más el proceso de notificación y permite a las empresas comercializar productos de manera más inmediata después de la notificación mediante el procedimiento armonizado.


Fecha límite para la adaptación

Es fundamental destacar que todas estas modificaciones apuntan hacia un objetivo estratégico: a finales de 2024, todas las mezclas químicas deben haber sido notificadas utilizando el sistema armonizado (PNC) establecido por la ECHA. Esto es esencial para garantizar la seguridad de los productos químicos en el mercado y cumplir con las regulaciones europeas y nacionales.

Para ayudar a las empresas a cumplir con esta fecha límite, se recomienda el uso de herramientas digitales especializadas como nuestros software Chemeter. diseñado para simplificar y agilizar el proceso de notificación, lo que resulta fundamental para las empresas rezagadas que aún no han migrado al sistema armonizado.