¿Dudas sobre la clasificación y etiquetado del dióxido de titanio (TiO2) según el reglamento (UE) 2020/2017? ¡Nueva guía de ayuda publicada!

¿Dudas sobre la clasificación y etiquetado del dióxido de titanio (TiO2) según el reglamento (UE) 2020/2017? ¡Nueva guía de ayuda publicada!

Los requisitos de clasificación y etiquetado del dióxido de titanio (TiO2) cambiaron en febrero de 2020 tras la publicación del Reglamento Delegado (UE) 2020/2017, vigente a partir del 1 de octubre de 2021. Para ayudar a las empresas a cumplir con la nueva normativa, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas ha publicado una nueva guía de ayuda sobre su clasificación, etiquetado y envasado.

Anexo VI

La nueva guía publicada por la ECHA intenta aclarar cómo poner en práctica estos cambios. Os explicamos a continuación algunas de las aclaraciones más relevantes.

ANEXO VI

Guía de clasificación y etiquetado del dióxido de titanio

  • 1. Clasificación y etiquetado de la SUSTANCIA
  • La clasificación como carcinógeno de categoría 2, H351 (inhalación) está vinculada a algunas formas en polvo de la sustancia. Por lo tanto, se activa solo sobre la base de la fracción específica de partículas que es efectivamente responsable del efecto sobre la salud.

    En este caso se clasifica como H351 el contenido en polvo de Dióxido de titanio que contenga 1% o más de partículas con diámetro aerodinámico ≤ 10 µm.

  • 2. Clasificación y etiquetado de las MEZCLAS que contienen dióxido de titanio
  • Al igual que la sustancia en sí, la clasificación de las mezclas está vinculada a la forma en polvo del TiO2 y debe basarse en la fracción de partículas efectivamente responsable del efecto sobre la salud.

    Así, la clasificación sólo afectará a mezclas que están en forma de polvo si:

    • el contenido de partículas de dióxido de titanio con un diámetro aerodinámico ≤ 10 μm es igual o superior al 1% (p / p),
    • el contenido de dióxido de titanio, que se incorpora en partículas con un diámetro aerodinámico ≤ 10 µm, es al menos del 1% (p / p).
    Guide on the classification and labelling of titanium dioxide

    Cuando no se disponga de información suficiente sobre las sustancias que componen una mezcla, es posible que sea necesario obtener datos analíticamente, ya sea sobre los componentes aislados o su composición completa.

  • 3. Etiquetado con EUH211 o EUH212
  • El etiquetado de una mezcla de acuerdo con la parte 2 del anexo II del Reglamento CLP es obligatorio, por lo que se aplican normas de etiquetado específicas a las mezclas sólidas y líquidas que contienen dióxido de titanio.

    • Etiquetado de mezclas sólidas:
      • Mezclas clasificadas: mezclas en forma de polvo que, por su contenido en partículas de dióxido de titanio en forma libre o incorporadas en partículas, deben clasificarse como Carc. 2, H351 (inhalación) y además deben etiquetarse con el elemento suplementario EUH212.
      • Mezclas no clasificadas: otras mezclas sólidas deben etiquetarse con el elemento de etiquetado suplementario EUH212 si contienen al menos 1% (p / p) de dióxido de titanio.
      • Etiquetado de la mezcla líquida:
        • Las mezclas líquidas que contienen dióxido de titanio no requieren clasificación como Carc. 2, H351 (inhalación). Sin embargo, se etiquetarán con el elemento suplementario EUH211 si contienen al menos un 1% (p / p) de partículas de dióxido de titanio con un diámetro aerodinámico de 10 micras o menos.

        La guía también incluye una sección de preguntas y respuestas con conceptos prácticos que pueden ser muy aclaratorias si tu actividad está sujeta a la nueva normativa.